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    Auto Supremo AS/0920/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0920/2018-RA

    Fecha: 08-Oct-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 10, 21 y 24 de agosto del 2018, la Autoridad de
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Refiere que en juicio el Tribunal de Sentencia no concedió la palabra a todas las
    • Refiere que el Tribunal de Sentencia inobservó los arts
    • Bajo el subtítulo de “fundamentación analítica y/o intelectiva” menciona que las actas del juicio oral
    • II.2. Del recurso del Ministerio Público
    • La parte recurrente refiere que en su recurso de apelación restringida acusó que la Sentencia
    • III.3. Del recurso de Jorge Víctor Gonzales Muñoz
    • Acusa que el Auto de Vista impugnado es violatorio de la doctrina legal aplicable establecida
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el 2 y 15 de agosto de
    • IV.1 Del recurso de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI)
    • En el primer motivo, la entidad recurrente hace una relación de lo acontecido en torno
    • En cuanto al Auto Supremo 135/2013-RRC de 20 de mayo, que declaró infundado el recurso
    • En el tercer motivo, la parte recurrente aduce que el Tribunal de apelación a tiempo
    • IV.2. Del recurso del Ministerio Público
    • La parte recurrente, hace referencia a los defectos procesales y de Sentencia, señalando que la
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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