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    Auto Supremo AS/0996/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0996/2018

    Fecha: 05-Oct-2018

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    • CONSIDERANDO I
    • En cuanto al pago del interés del 6% anual sobre los $us
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
    • 2
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Contestaron solicitando que en definitiva se declare infundado el recurso de casación interpuesto por los
    • III.1 Del per saltum
    • El Auto Supremo Nº 939/2015 de 14 de octubre, sobre el tema ha referido: “De
    • III.2. De la nulidad procesal
    • El Auto Supremo Nº 173/2017 de 21 de febrero refirió al respecto: “Si bien el
    • Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
    • Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
    • En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
    • El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
    • El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
    • El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
    • Asimismo, el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
    • CONSIDERANDO IV
    • De la revisión de obrados se tiene a fs
    • Asimismo se tiene el Testimonio Nº 203/2016 de 26 de febrero (fs
    • Toda vez que los contratos de anticresis no son sinalagmáticos, sino simplemente un contrato real
    • En cambio el proceso monitoreo es exclusivo para buscar la ejecución de obligaciones impagas que
    • Corresponde señalar que hecha una contrastación del recurso de apelación con el de casación, no
    • De la contestación al recurso de casación
    • La parte actora contestó solicitando que en definitiva se declare infundado el recurso de casación
    • Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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