Auto Supremo AS/0636/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0636/2018

Fecha: 15-Nov-2018

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 636
Sucre, 15 de noviembre de 2018

Expediente: 222/2018-CA
Demandante: TERA INGENIERIA
Demandado: Unidad de Proyectos Especiales-UPRE
Proceso: Contencioso
Magistrado Tramitador: Esteban Miranda Terán

VISTOS: La demanda contenciosa interpuesta Pablo Eduardo Málaga Torrico, en representación de TERA INGENIERIA contra la Unidad de Proyectos Especiales-UPRE, antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO: Que la demanda contencioso fue observada por decreto 25 de julio de 2018 cursante (fs. 9), disponiendo que previo a disponer lo que en derecho corresponda, que el impetrante, previamente adjunte el Registro original y actualizado de FUNDEMPRESA y fotocopia simple de su cédula de identidad.

Conforme la diligencia de notificación de fs. 100 de obrados, la parte actora fue notificada con el referido decreto de fs. 9, el 2 de agosto de 2018, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a la observación realizada, correspondiendo en aplicar la sanción prevista en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por Pablo Eduardo Málaga Torrico, en representación de TERA INGENIERIA contra la Unidad de Proyectos Especiales-UPR, en consecuencia se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
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