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    Auto Supremo AS/1102/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1102/2018

    Fecha: 01-Nov-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Serapio Daza Ramírez y Juliana Partes Seña de Daza
    • Proceso: Usucapión decenal
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • 3
    • 4
    • CONSIDERANDO II
    • b)Los demandantes debieron declarar su voluntad de renunciar al derecho adquisitivo que le otorgan los
    • c)Se debió integrar necesariamente un litisconsorcio pasivo con su esposa, dado que el bien a
    • d)Se debió considerar su contestación a la demanda pese a haberse presentado fuera de plazo
    • e)El cómputo del tiempo de posesión a efectos de usucapión debió calcularse hasta la fecha
    • f)El Tribunal ad quem no se pronunció sobre el fondo de su recurso de apelación
    • Finalmente, impetró que se anule el Auto de Vista N° SCCI-40/2018 de 25 de enero,
    • El demandado contestó negativamente el recurso de casación señalando que el recurrente no expresó con
    • En su petitorio, el demandante a tiempo de responder al recurso en estudió, solicitó se
    • CONSIDERANDO III
    • III.2. De la fundamentación y motivación de las resoluciones
    • (…) En este sentido el debido proceso como derecho, principio y garantía constitucional compromete a
    • Doctrina jurisprudencial vinculante y de obligatoria observancia por parte de este Tribunal en cumplimiento del
    • III.3. Contestación extemporánea: No debe ser considerada por el juzgador
    • El principio de preclusión establecido en el art
    • Siguiendo el entendimiento desarrollado, se tiene que el art
    • Entonces, se tiene que el derecho al debido proceso en su vertiente de derecho a
    • Por ello, se tiene que un entendimiento contrario acarrearía trastocar el equilibrio del proceso civil,
    • III.4. Naturaleza del recurso de casación en materia procesal civil
    • En virtud a lo anterior y sus características singulares, la resolución de cada una también
    • Establecido lo anterior, queda claro que el recurso de casación en sus dos formas (fondo
    • En el marco establecido por el fundamento del recurso en análisis, su contestación y la
    • Asimismo, de la lectura previa de la demanda, la señalada autoridad judicial indicó que la
    • En lo que refiere a que se debió considerar su contestación a la demanda pese
    • Por otra parte, conforme al Fundamento Jurídico III
    • De la misma manera, respecto al argumento de que el cómputo del tiempo de posesión
    • Finalmente, en lo referido a que el Tribunal ad quem no se pronunció sobre el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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