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    Auto Supremo AS/0789/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0789/2018

    Fecha: 20-Dic-2018

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    • Demandado:Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca
    • 2) El Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, debe cancelar el 9
    • 3) En ejecución de sentencia se debe proceder a conciliar cuentas en relación al anticipo
    • 4) Se declaran IMPROBADAS las pretensiones relacionadas con el pago de daños y perjuicios, lucro
    • Argumentos del recurso de casación en el fondo
    • Peticiona finalmente se case parcialmente la Sentencia en cuanto a la pretensión de pago de
    • Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo y en la
    • Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández en su obra “Curso de Derecho Administrativo
    • En ese contexto, este Supremo Tribunal de Justicia ha caracterizado como elementos generales de todo
    • Sobre el mismo tema, la jurisprudencia es uniforme y constante cuando sostiene el mismo criterio
    • Nuestro ordenamiento positivo, en el art
    • De acuerdo con el texto legal citado, revisten naturaleza administrativa, por atribución legal, aquellos contratos
    • La norma referida crea la jurisdicción especializada contenciosa regulada como jurisdicción especial, corresponde a la
    • Consiguientemente son los Tribunales mencionados, a quienes por ley se les atribuye la competencia para
    • Lo expuesto permite concluir que en el ámbito de la actual Constitución Política del Estado
    • Dicho criterio ha sido asumido por este Tribunal, conforme a la Constitución Política del Estado,
    • Casación en el fondo
    • El recurrente acusa centralmente la vulneración del referido art
    • Al respecto corresponde referirse al propio Contrato de Obra “Ampliación y revestimiento de canales para
    • Por otra parte, cuando se demanda daños y perjuicios, esa pretensión que en el caso
    • Cabe señalar que el art
    • Por otra parte la apreciación y valoración de la prueba es facultad privativa de los
    • Por lo analizado, se concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
    • La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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