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    Auto Supremo AS/1243/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1243/2018

    Fecha: 11-Dic-2018

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    • Partes: Jorge Luis D´arlach Amas. c/ Raúl Figueroa Mamani
    • Proceso: Reivindicación
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • 3
    • 4
    • a)Denunció que el Auto de Vista N° 14/2018 es casi copia fiel del proyecto de
    • b)Se incumplió lo ordenado por el Auto Supremo N° 1157/2017, ya que este ordenó que
    • c)El Tribunal Ad quem, al valorar los títulos de propiedad presentados como prueba en el
    • d)La demanda que dio inicio al proceso es de reivindicación de bien inmueble conforme al
    • Finalmente, impetró que se anule el Auto de Vista N° 14/2018 y en su lugar
    • El demandado contestó negativamente al recurso de casación señalando que no se ha demostrado la
    • Por otra parte, no se aplicó indebidamente los arts
    • En su petitorio, el demandante a tiempo de responder al recurso en estudió, solicitó se
    • CONSIDERANDO III
    • En virtud a lo anterior y sus características singulares, la resolución de cada una también
    • Establecido lo anterior, queda claro que el recurso de casación en sus dos formas (fondo
    • Por otra parte, desde la vigencia plena de la Ley N° 439 de 19 de
    • III.2. Presupuestos de la nulidad procesal
    • “La nulidad procesal como una especie de sanción procesal, se halla regida por principios que
    • Siguiendo dicho entendimiento, la línea Jurisprudencial sentada por este Tribunal Supremo de Justicia en sus
    • En el marco establecido por el fundamento del recurso en análisis, su contestación y la
    • Acerca de que se incumplió lo ordenado por el Auto Supremo N° 1157/2017, ya que
    • Sobre lo expresado de que el Tribunal Ad quem, al valorar los títulos de propiedad
    • Finalmente, respecto a que la demanda que dio inicio al proceso de reivindicación de bien
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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