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    Auto Supremo AS/1257/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1257/2018

    Fecha: 11-Dic-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Fecha: 11 de diciembre de 2018
    • representada por
    • Proceso: Disolución de sociedad y otro
    • CONSIDERANDO I
    • 3
    • a) El Auto de Vista N° 232/2017 de 28 de noviembre, adolece de congruencia en
    • b) Se vulneró el debido proceso por pertinencia omisiva con infracción a los arts
    • c) Se vulneró el debido proceso en su principio de congruencia al emitirse una Sentencia
    • Finalmente, el recurrente impetró que este Tribunal dicte Auto Supremo dando lugar a la validez
    • III.1. De la nulidad de oficio
    • Conforme el art
    • Por otra parte el art
    • III.2. Facultad de mejor proveer en segunda instancia y el principio de verdad material
    • El art
    • En ese contexto no es viable contar con “jueces ni Tribunales espectadores”, puesto que no
    • Este precedente jurisprudencial se lo fue impartiendo también en los lineamientos emitidos por esta Sala,
    • Bajo este precedente, es menester consolidar el principio de verdad material en base a lo
    • Asimismo, diremos que en todo proceso la solución de conflictos es compatible con la búsqueda
    • En el marco establecido por el fundamento del recurso en análisis y la doctrina legal
    • Por todo lo expresado y en aras de los principios de debido proceso, verdad material
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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