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    Auto Supremo AS/1274/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1274/2018

    Fecha: 18-Dic-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Nulidad de donación y cancelación de partida
    • Distrito: Tarija
    • En el caso de autos de la revisión de la parte considerativa de la sentencia
    • Asimismo llegó a la conclusión de que cuando se suscribió la Escritura Publica Nº 623/1972
    • Por ultimo señaló que no se le causo indefensión al recurrente que amerite nulidad de
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • 3
    • Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista y se ordene se emita
    • Conforme a la revisión de obrados se puede establecer que mediante memorial cursante de fs
    • El recurrente en su primer agravio no señala como se debería aplicar de manera correcta
    • Por lo que solicita que el recurso de casación sea declarado improcedente
    • De la respuesta al recurso de casación de María del Rosario Mealla de Chamon por
    • Por último manifiesta que los arts
    • Por lo que solicita se declare improcedente el recurso de casación presentado por el recurrente
    • CONSIDERANDO III
    • Con respecto a la exigencia de la motivación y fundamentación de las Resoluciones como elemento
    • Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional
    • III.2. De la congruencia en las resoluciones
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
    • Expuestos como están los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, a continuación corresponde considerar
    • 1
    • Al respecto tenemos a bien señalar que conforme lo manifestado en la doctrina establecida en
    • En ese entendido de la revisión del Auto de Vista cursante en obrados se tiene
    • Así también indicó que la sentencia impugnada al estar debidamente fundamentada y motivada dio las
    • Así también el Tribunal de Alzada estableció que no corresponde la nulidad de obrados conforme
    • Sobre el particular diremos que de la compulsa de antecedentes y conforme la doctrina aplicable
    • B) La sentencia es nula porque no existe en el proceso ningún medio probatorio que
    • Al respecto conforme lo expresado en el punto que antecede, como ya se dijo el
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.

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