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    Auto Supremo AS/0020/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0020/2018

    Fecha: 20-Feb-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • En grado de apelación deducida por el demandado, cursante de fs
    • Luego de una relación de las normas en que se sustenta la procedencia del recurso
    • Menciona además, que se demostró que el trabajador ha asistido irregularmente a su fuente laboral
    • •Salarios devengados
    • Por otro lado manifestó que como se trata de una empresa de servicios, muchas veces
    • Seguidamente, el recurrente manifiesta que, aquí se puede observar claramente la interpretación forzada del artículo
    • En ese sentido, no se puede interponer multa del 30% al segundo aguinaldo gestión 2015,
    • Respecto a este beneficio, el recurrente manifiesta que el demandante ha gozado del bono de
    • Concluye expresando que por todo lo demostrado, se puede colegir que existió falta
    • Concluyó solicitando al Tribunal, dictar auto supremo casando el Auto de Vista No
    • II.2. Segundo Recurso. – En el fondo
    • Por su parte el actor, a través de su apoderada legal, plantea recurso de casación,
    • III. - Fundamentos jurídicos del fallo
    • Que así expuestos los fundamentos de los recursos de casación en el fondo, de fs
    • En el caso que se analiza, se evidencia que el memorial de interposición del recurso
    • •No corresponde desahucio
    • Al respecto se señala que, para que proceda el pago del segundo aguinaldo, debe oficializarse
    • Además, se debe considerar que, dentro de la liquidación de beneficios sociales en el fallo
    • En lo que respecta al bono de antigüedad, el recurrente manifiesta que el demandante ha
    • Al respecto podemos mencionar que, el bono de antigüedad es un pago adicional a un
    • La obligatoriedad de pagar el bono de antigüedad es a partir del segundo año de
    • III.2. Segundo recurso. – En el fondo
    • Por su parte el actor, en lo que respecta al pago de horas extras, a
    • El artículo 46 de la Ley General del Trabajo señala que, la jornada efectiva de
    • En ese sentido, el contrato de trabajo cursante de fs
    • Por lo que se demuestra, que independientemente de las funciones que desempeña el trabajador, tiene
    • Por otra parte, del análisis del contrato de trabajo, se aprecia que no concurren los
    • El artículo 55 de la Ley General del Trabajo establece que las horas extraordinarias y
    • Bajo estas premisas, se concluye que al ser evidentes las infracciones acusadas, corresponde fallar de
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
    • Sin costas, por ser recurrentes ambas partes
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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