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    Auto Supremo AS/0102/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0102/2018-RRC

    Fecha: 02-Mar-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 13 de julio de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a)Por Sentencia 26 de 28 de noviembre de 2014 (fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia los imputados Eddy Mauricio Chávez Guzmán y Rolly Antonio Morales Justiniano,
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • 1)La parte recurrente, denuncia como primer motivo que el Auto de Vista recurrido no se
    • 2)Y como segundo motivo, denuncia que el Auto de Vista efectuó consideraciones erróneas; en cuanto,
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 063/2017-RA de 24 de enero, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Notificados con la Sentencia, Eddy Mauricio Chávez Guzmán y Rolly Antonio Morales Justiniano, interpusieron recurso
    • b)Con la titulación “De la fundamentación contradictoria de la Sentencia, de los hechos inexistentes y
    • Con referencia al art
    • De acuerdo a los argumentos de los recurrentes, circunscritos a la admisión del recurso de
    • III.1.La labor de contraste en el recurso de casación
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2.Toda resolución judicial debe encontrarse debidamente fundamentada y motivada
    • El derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada es una de
    • En definitiva, es inexcusable el deber de especificar por qué, para qué, cómo, qué, quien,
    • En coherencia con las normas constitucionales citadas y la doctrina descrita, el legislador a partir
    • III.3. Sobre la incongruencia omisiva
    • Respecto a esta temática, el Auto Supremo 164/2016-RRC de 21 de abril, precisó que: “En
    • El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
    • Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • III.4.1. Sobre la denuncia del vicio de incongruencia omisiva
    • En el recurso de casación se denuncia incongruencia omisiva, debido a que el Auto de
    • Para tal efecto, se invocó el Auto Supremo 6/2007 de 26 de enero, que fue
    • Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra el derecho a la defensa,
    • Como se puede advertir la doctrina está destinada a que el Tribunal de alzada debe
    • De lo expuesto, se advierte que la problemática procesal que generó la doctrina legal aplicable
    • Ahora bien, revisado el recurso de apelación interpuesto por el recurrente, se evidencia que denunció
    • III
    • La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista efectuó consideraciones erróneas; en cuanto, a
    • Al respecto, los recurrentes invocaron el Auto Supremo 360/2012 de 28 de noviembre, que fue
    • En ese entendido, estando la competencia del Tribunal de Alzada delimitada por el artículo 398
    • Del memorial de apelación restringida se verifica que bajo el párrafo de los hechos inexistentes
    • 1
    • 2
    • Reclamos que en definitiva, requerían una respuesta, sea positiva o negativa, cuya determinación debía estar
    • Incurriendo en consecuencia el Auto de Vista impugnado, en contradicción con el Auto Supremo 360/2012
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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