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    Auto Supremo AS/0106/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0106/2018-RRC

    Fecha: 02-Mar-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 17 de abril de 2017, cursante a fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 535/2017 de 12 de julio,
    • El recurrente manifiesta que el Auto de Vista, contiene una fundamentación contradictoria y altamente confusa,
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado y que se
    • I.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 535/2017-RA de 12 de julio, este Tribunal admitió el recurso de casación
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia “19/2016 de 22 de junio”, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • Contra la mencionada Sentencia, Francisco Mamani Cortez, interpuso recurso de apelación restringida, refiriendo que en
    • Asimismo, también refirió la falta de fundamentación de la Sentencia, art
    • Por último señaló, que la Sentencia se basó en inexistencia de hechos y defectuosa valoración
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
    • En la presente resolución se considerará el recurso de casación formulado por Petra Ayala Quispe,
    • En cuanto al único motivo, que se admitió a través del Auto Supremo 535/2017
    • A tal efecto, se invocó el Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007,
    • Al respecto, con relación a lo referido en casación, referente a que en el Auto
    • Bajo esta lógica se puede establecer, que si bien es evidente que se encuentra el
    • Por otro lado, en cuanto al motivo mismo, de falta de fundamentación del Auto de
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    • A efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada se debe considerar las exigencias
    • De lo anteriormente aseverado, se puede establecer que el Auto de Vista impugnado no carece
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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