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    Auto Supremo AS/0107/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0107/2018

    Fecha: 28-Mar-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
    • I. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DEL PROCESO
    • Resolución Comisión Revisora de Rentas
    • La comisión Regional de Fondo de Pensiones Básicas, mediante Resolución Nº 178 de 8 de
    • Ante el recurso de reclamación por parte del asegurado (fs
    • En recurso de apelación deducido por Miguel Ríos Ríos (fs
    • II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Edson Paolo Saavedra Carreño, en representación legal de Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo
    • Señala que se vulneró lo dispuesto en el art
    • Denuncia que se violaron las disposiciones contenidas en la Resolución Administrativa Nº 044/2011 de fecha
    • Petitorio
    • Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Nº SECCASA -23/17
    • Respuesta al recurso de Casación
    • Miguel Ríos Ríos, mediante memorial de fs
    • Manifiesta que no existió afectación a los intereses del Estado y que el asegurado cumplió
    • Solicita que se declare infundado el recurso de casación de fs
    • A fin de dilucidar la presente problemática es menester señalar que la renta de vejez
    • El art
    • En el mismo sentido el art
    • IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
    • Que así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los datos del
    • Dentro de ese marco, analizando el caso en cuestión, el Tribunal de alzada a través
    • En ese contexto y de la atenta revisión de la resolución de vista impugnada de
    • Ahora bien, es menester dejar claramente establecido que, para el ejercicio de la facultad anteriormente
    • De igual manera, el art
    • Ahora bien, analizando el espíritu de la norma antes citada, se infiere que a efectos
    • En ese sentido, y conforme a la irretroactividad de efectuar reducciones de las prestaciones en
    • Por lo anteriormente señalado, debe puntualizarse que dicha institución en base al derecho de repetición
    • En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
    • Bajo estas premisas, este Tribunal Supremo de Justicia no advierte que el Auto de Vista
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
    • Sin costas en aplicación del art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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