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    Auto Supremo AS/0188/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0188/2018-RA

    Fecha: 21-Mar-2018

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    • Por memoriales presentados el 30 y 31 de octubre de 2017, Juan Daniel Molina Serrudo,
    • De los antecedentes llegados a casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Víctor Hugo Aguilar Serrudo, Juan Daniel Molina Serrudo y
    • De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Extractando partes del Auto de Vista impugnado, destacando que el Tribunal de apelación anuló la
    • El recurrente luego de una relación sobre la actividad procesal desarrollada en juicio oral y
    • Sobre el prejuzgamiento alegado en apelación restringida y que fue soporte para la decisión del
    • 2)Agrega que el acuerdo suscrito entre el acusado Avelino Molina Roca y el Ministerio Público
    • 3)Con el rótulo de “falta de fundamentación del auto de vista impugnado” (sic), el recurrente
    • Asimismo arguye que el Auto de Vista que impugna es contradictorio entre sus partes considerativa
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
    • El recurrente realiza una extensa exposición de elementos en la que se entremezclan argumentos de
    • La Sala Penal comprueba, que el recurso formulado por el recurrente resulta en los hechos,
    • Por otro lado el recurrente, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 215 de 23
    • En el caso del primer Auto Supremo, se expone de manera vaga y referencial la
    • Situación similar es la que ocurre con los restantes precedentes contradictorios invocados, por cuanto a
    • La parte recurrente en casación propone la censura del Auto de Vista 75 de 12
    • Como se sintetizó precedentemente el recurrente plantea tres motivos de casación, el primero en el
    • El segundo motivo, inherente a las cuestionantes realizadas sobre la postura del Tribunal de apelación
    • Situación similar es la que ocurre con el tercer motivo de casación, donde el recurrente
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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