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    Auto Supremo AS/0196/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0196/2018-RA

    Fecha: 21-Mar-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 20 y 23 de octubre de 2017, Edgar Ramiro Espinoza Ramírez
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la mencionada Sentencia, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando por medio de sus apoderados
    • c)Por diligencia de 16 de octubre de 2017 (fs
    • 1)Señalando como fundamento la Sentencia Constitucional “770/2012”, y los Autos Supremos 411 de 20
    • 1)La parte recurrente plantea su recurso en iguales criterios de hecho que el acusador particular;
    • Agrega que la justificación hallada por la Sentencia y refrendada por el Auto de Vista
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
    • Respecto al primer motivo la parte recurrente conforme lo dispuesto por el art
    • Con relación al segundo motivo de casación, bajo el mismo marco fáctico, se aduce que
    • En este motivo si bien se destaca un planteamiento jurídico el mismo no es acompañado
    • Con referencia a las Sentencias Constitucionales, invocadas en calidad de precedentes contradictorios; debe recordarse que,
    • La parte recurrente aduce dos motivos, el primero referido a una supuesta incongruencia omisiva en
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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