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    Auto Supremo AS/0161/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0161/2018

    Fecha: 12-Abr-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I: ANTECEDENTES PROCESALES
    • Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR
    • Mediante resolución Nº 414 de fecha 28 de Enero de 2015 cursante a fs
    • Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
    • En virtud de ello, el beneficiario interpuso el recurso de reclamación cursante a fs
    • Ante la determinación del Auto de Vista, el Servicio Nacional del Sistema de Reparto representado
    • II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente argumenta que el Auto de
    • Alega de igual manera, que el Tribunal de Alzada hubiera interpretado de mala manera el
    • Los demás argumentos expuestos en el recurso de casación, constituyen transcripciones de la resolución de
    • En conclusión, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, que deliberando en el fondo; CASE el
    • El asegurado, no contesta el recurso interpuesto por el SENASIR
    • III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y JURISPRUDENCIALES DEL FALLO
    • En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
    • La Sentencia Constitucional Nº  0275/2012 de 4 de junio, ha establecido que toda resolución sea jurisdiccional o
    • Por otro lado, se debe indicar que el derecho a la defensa, conforme la Sentencia
    • De la precedente jurisprudencia constitucional mencionada, se establece, que el derecho a la defensa contiene
    • El principio de progresividad
    • Similar disposición se encuentra prevista en el art
    • ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
    • Del análisis del recurso de casación en el fondo, se tiene que, la problemática se
    • Conforme cursa en antecedentes del proceso, se puede establecer que el Tribunal de Alzada mediante
    • En el caso en concreto, se observa que la Comisión de Reclamaciones del SENASIR emite
    • La resolución emitido por la Comisión de Reclamaciones del SENASIR, expresa como fundamento legal la
    • En merito a ello, este Tribunal considera, que la Comisión Nacional de Reclamaciones del SENASIR
    • Es ahí donde se vulnera el debido proceso, en su vertiente referente a la debida
    • Bajo ese entendimiento este Tribunal coincide plenamente con los fundamentos expuestos por el Tribunal de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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