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    Auto Supremo AS/0168/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0168/2018

    Fecha: 12-Abr-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandado: Sociedad Anónima “El Diario” S.A
    • I. ANTECEDENTES PROCESALES
    • Sentencia
    • La demanda laboral incoada por Carola Silvia Zulema Lugo Calle contra El Diario SA, mereció
    • Auto de Vista
    • En apelación interpuesta por la demandante y el demandado, la Sala Social y Administrativa Primera
    • II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • El Auto de Vista, motivó que por una parte, la empresa El Diario S
    • El Auto de Vista aplica indebidamente la Ley, al confirmar la sentencia que declaró probada
    • Argumenta que el Auto de Vista incurre en error de hecho y de derecho en
    • Con relación al Principio de Preclusión, relacionado a la posibilidad que tenía el demandado de
    • En atención a los argumentos vertidos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia Case el
    • Recurso de casación de Carola Silvia Zulema Lugo Calle
    • Mediante su apoderado señala, que el Auto de Vista recurrido realiza una serie de omisiones
    • Argumenta que los documentos que cursan en el expediente, demuestran sin lugar a dudas la
    • Encontrándose demostrada la relación laboral, corresponde su remuneración, entendida conforme dispone el art
    • Finalmente señala que el Tribunal de apelación realizó una incorrecta valoración del art
    • Por lo que pide, que el Tribunal Supremo de Justicia previa deliberación en el fondo,
    • III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL, DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL, APLICABLE AL CASO EN CONCRETO
    • En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
    • De la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que la principal controversia en el caso
    • En igual causa, la doctrina y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en
    • En el caso de autos, la documental que cursa en el expediente, acredita que entre
    • Con relación al pago mensual de la prestación, debemos señalar que no constituye en indicador
    • De igual modo, la asistencia a cursos de capacitación, no puede hacer suponer indicios de
    • Entre los principios establecidos en el art
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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