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    Auto Supremo AS/0220/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0220/2018-RRC

    Fecha: 10-Abr-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 8 de junio de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 665/2017 de 4 de septiembre,
    • La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no resolvió adecuadamente su recurso de apelación
    • Acto seguido transcribió el recurso de apelación restringida en el que planteó la existencia de
    • Concluyó su argumentación señalando que fueron vulnerados los principios constitucionales de legalidad, debido proceso y
    • I.1.2. Petitorio
    • La recurrente solicita que el Tribunal ad quem dicte Auto de Vista, con referencia al
    • I.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 665/2017-RA de 4 de septiembre, (fs
    • II.1. De la Sentencia
    • Como hechos generadores del proceso penal, se tiene que a horas 11:45 am
    • En el ambiente 2, se encontró dos balanzas la primera con capacidad de 150 kilogramos
    • En el garaje se encontró una motocicleta color rojo, marca Honda, año 2008 tipo deportiva,
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra la mencionada Sentencia, Marisela Moriset Arauz, interpuso recurso de apelación restringida, refiriendo que se
    • Con relación al defecto de Sentencia basado en el art
    • Finalmente, respecto al defecto de Sentencia previsto en el art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
    • ii)Reclama la recurrente que no se valoraron las pruebas documentales como testificales de descargo
    • iii)Afirma Marisela Morizet que presentó prueba original en audiencia de juicio que fue excluida, curiosamente
    • iv)Reclama que no existe en Sentencia referencia de hechos probados, limitándose a expresar que el
    • El presente proceso penal, fue admitido el recurso de casación interpuesto por Marisela Morizet Arauz,
    • III.1. Marco legal y doctrinal
    • Conforme dispone el art
    • Al respecto, este Tribunal Supremo de Justicia, estableció amplia doctrina legal, como la contenida en
    • Por otra parte, con la finalidad de establecer si toda denuncia por falta de pronunciamiento
    • III.1.2.Principios de congruencia y su aplicación en el sistema procesal penal vigente
    • Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
    • El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
    • La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • En cuanto al único motivo, que se admitió a través del Auto Supremo 665/2017
    • A efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada de incongruencia omisiva por parte
    • 2)En cuanto, al defecto de Sentencia previsto en el inc
    • 3)Con relación al defecto de Sentencia previsto en el inc
    • 4)Finalmente, respecto al defecto de Sentencia previsto en el inc
    • A tal efecto el Auto de Vista impugnado, para confirmar la Sentencia apelada; se basó
    • 2
    • 3
    • 4
    • a) Referente al inc
    • b) En cuanto, al inc
    • d) Finalmente, referente al inc
    • De igual forma al resolver el primer defecto relativo al art
    • Por otro lado, respecto a los otros Autos Supremos 73/2013 de 19 de marzo y
    • De lo anteriormente aseverado se puede establecer que el Auto de Vista impugnado no incurre
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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