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    Auto Supremo AS/0238/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0238/2018

    Fecha: 04-Abr-2018

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    • Partes: Empresa UNIMAR S.R.L. representada por Alfonso Aramayo. c/ Antonio Guzmán Apodaca y otros
    • Distrito: Santa Cruz
    • CONSIDERANDO I
    • Resolución que fue apelada por los demandados por memorial de fs
    • El Ad quem haciendo referencia a jurisprudencia contenida en el A
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
    • CONSIDERANDO III
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En la Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las
    • De igual manera la SC 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación no
    • Por otra parte, en la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se
    • En la Sentencia Constitucional Plurinacional 0075/2016-S3 de 8 de enero sobre la fundamentación y motivación
    • El art
    • La expresión del agravio, debe expresar una crítica concreta y razonada del fallo que el
    • CONSIDERANDO IV
    • En nuestro medio, el principio de impugnación en los procesos judiciales actualmente no solo se
    • En el caso presente, el recurrente acusa infracción de forma y de fondo contra el
    • Los fundamentos del recurso de casación se encuentran resumidos con mayor detalle en el Considerando
    • e) Cuestiona el criterio de la Jueza respecto a la fecha de posesión
    • Siendo esos siete incisos los argumentos que fueron expresados como agravios por los recurrentes en
    • Sobre la pertinencia de la resolución el art
    • Si bien en el pasado se exigía una rigurosa fundamentación de los recursos ordinarios y
    • Al momento de considerar el agravio el Tribunal de alzada debe asumir que el objeto
    • Con relación a la motivación que debe tener toda resolución, conforme a la doctrina descrita
    • Se establece entonces que en la resolución se materializa la tutela judicial efectiva por lo
    • La motivación de una resolución supone entonces una justificación racional, no arbitraria de la misma,
    • Finalmente, al haberse emitido una resolución de inadmisibilidad por el Ad quem, de manera aclaratoria
    • Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme al art
    • No siendo excusable el error incurrido, en virtud a que la resolución anulatoria dilata innecesariamente
    • En aplicación del art
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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