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    Auto Supremo AS/0134/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0134/2018

    Fecha: 05-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez de Trabajo y Seguridad Social de Riberalta-Beni,
    • En grado de apelación deducida por la institución demandada, adjunta a fs
    • El referido auto de vista, motivó a los representantes legales de la parte demandante a
    • Sobre este fundamento el auto de vista impugnado, no aceptó dicho argumento, al contrario, expresó
    • Sobre el tema sostuvo que, el juez que pronunció Sentencia N° 18/09 y los vocales
    • Señaló que los argumentos del auto de vista recurrido, en sentido de que YPFB no
    • Señaló que lo previsto por el tribunal ad quem, en sentido de que contando a
    • Contados los 10 días a partir del 10 de agosto, el término de prueba se
    • Sin embargo, recién se pronuncia sentencia el 13 de noviembre de 2009, notificada el 19
    • En el fondo, sostuvo que el demandante fue transferido de la Jefatura de Zona Comercial
    • En consecuencia, como dispone el inciso a) de la Cláusula Quinta del Contrato de Trabajo
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, anule el proceso hasta antes del pronunciamiento
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • Resolviendo el recurso de casación en la forma
    • Como se puede advertir, el proceso pasó a despacho el 10 de noviembre de 2009
    • Por lo que, en base a las consideraciones arriba expuestas corresponde dejar claramente establecido que
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo, en el caso objeto de análisis,
    • Al respecto, a fs
    • Ante esta circunstancia, el trabajador, mediante Carta de 5 de diciembre de 2008, hace conocer
    • En este contexto, de fs
    • b
    • En caso de que se rescinda el contrato por causas ajenas al TRABAJADOR, YPFB
    • Por otra parte, es importante señalar, que el trabajo por constituir la base del orden
    • Bajo estas premisas, se concluye que el auto de vista objeto del recurso de casación,
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

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