Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0364/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0364/2018-RRC

    Fecha: 05-Jun-2018

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 5 de septiembre de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 22/2015 de 18 de septiembre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Víctor Eduardo Ponce Saba, interpuso recurso de apelación restringida
    • I.2. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 917/2017-RA de 22 de noviembre
    • El recurrente señala la existencia de infracción del art
    • Señala que tanto la Sentencia como el Auto de Vista indicaron que para el delito
    • Denunció la existencia de contradicción entre el Considerando IV y la parte resolutiva de la
    • I.2.1. Petitorio
    • El recurrente solicita casar el Auto de Vista dejándolo sin efecto, disponiendo que el Tribunal
    • I.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 917/2017-RA de 22 de noviembre, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas las pruebas documentales, periciales y testificales determinó como
    • Cuarto
    • Por lo que, concluyó dicho Tribunal que es posible subsumir la conducta descrita en los
    • II.2. De la apelación restringida
    • Contra la mencionada Sentencia, Víctor Eduardo Ponce Saba interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los
    • Hace referencia al inc
    • Afirma también que para el delito de Abuso Deshonesto no es posible contar con más
    • Arguye que fue vulnerado el inc
    • Afirma que la parte resolutiva de la Sentencia se tiene que fue leída totalmente el
    • Cita el art
    • Asimismo formula apelación contra el Auto que resuelve la excepción de extinción de acción penal
    • Invoca el principio in dubio pro reo, arguyendo que las declaraciones testificales de descargo como
    • Plantea nulidad de la Sentencia por defecto absoluto insubsanable al no haber habilitado horas extras
    • Finalmente afirma que sin fundamento vulneraron el derecho a la defensa, el Tribunal de origen
    • Pide que el Tribunal de alzada anule totalmente la Sentencia 22/2015, conforme el art
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
    • En función a los principios de legalidad y reserva de ley, el Estado es el
    • En la legislación boliviana, se encuentra regulado por el art
    • Al margen de la puntualización referida, para determinar la extinción de la causa pueden tomarse
    • El Auto Constitucional Complementario 0079/2004, referente a las consideraciones para la extinción de la acción
    • Aspecto relacionado con los casos de suspensión del plazo que se encuentran detallados en los
    • En ese contexto legal y jurisprudencial, el recurso de apelación incidental contra el Auto por
    • Respecto a la exclusión probatoria de las pruebas de descargo D-1 y D-2, consistentes en
    • En cuanto se refiere al recurso de apelación restringida por defectos de la Sentencia previstos
    • Ahora bien, uno de los principales aspectos en el que debe prestar especial cuidado el
    • En el caso presente, la Sentencia guarda una secuencia lógica estructural que debe contener un
    • De lo expuesto se puede concluir que la culpabilidad del imputado quedó demostrada al concurrir
    • La sanción penal fue regulada previa la correspondiente fundamentación, habiéndose aplicado el art
    • Debido a que se trata de una víctima niña, que no llegó a la adolescencia,
    • Al respecto, es menester destacar la calidad de la víctima, cuyos derechos se hallan prioritariamente
    • En mérito a todo lo expuesto, se concluye que no existen los defectos de sentencia
    • En cuanto a la valoración ilegal y defectuosa de la prueba judicializada, los criterios de
    • En este contexto, el control del Tribunal de alzada solo puede enmarcarse a la coherencia
    • En el caso en particular, el apelante se ha limitado exponer criterios de valoración desde
    • En el marco de lo explicado, de la lectura íntegra de la Sentencia apelada y
    • Respecto a los argumentos impugnatorios relativos a los defectos procedimentales, invocados por el apelante al
    • Al margen de ello, consta en los antecedentes procesales, el Acta de Lectura Íntegra de
    • En mérito a ello se puede concluir que el apelante no habría cumplido con la
    • Asimismo entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección
    • Ahora bien, a efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada se debe considerar
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • 1
    • A efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada referida a la falta de
    • Finalmente concluyó el Tribunal de alzada que en el caso presente, la Sentencia guarda una
    • Por lo que no resulta evidente que no existiese una fecha del hecho denunciado, debido
    • 2
    • En cuanto a la recalificación del hecho, es menester destacar que, en el Auto Supremo
    • En consecuencia, la calificación jurídica realizada por el Tribunal de Sentencia no constituye un defecto
    • Al respecto, analizado el agravio traído en casación, verificada la denuncia formulada en apelación restringida
    • Por lo que no resulta evidente que el Tribunal de alzada haya expresado que para
    • 3
    • A efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada referida a la indebida o
    • A tal efecto el Tribunal de alzada refirió en el noveno parágrafo del mismo numeral
    • Fundamenta también que debido a que se trata de una víctima niña, que no llegó
    • (
    • También aduce que en el preámbulo de la Declaración sobre los Derechos del Niño, se
    • Al margen de lo expresado precedentemente, también fundamentó que debido a que se trata de
    • Por lo que no resulta evidente que el Tribunal de alzada no haya considerado la
    • Por los fundamentos expuestos precedentemente, al no haberse demostrado la carencia de fundamentación y motivación
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca