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    Auto Supremo AS/0476/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0476/2018

    Fecha: 13-Jun-2018

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    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • Chanel Yoana Michel Mamani contestó el recurso de casación en los términos que cursan en
    • Pidió se declare infundado el recurso
    • CONSIDERANDO III
    • Por otro lado, también resulta importante considerar que el Auto Supremo N° 159/12 pronunciado por
    • El fraude procesal necesariamente debe establecerse en proceso ordinario por mandato del art
    • “… En el caso de Autos la recurrente pretende que se realice una revisión de
    • Continuando con la mención de la interpretación de esta Sala Plena sobre el instituto del
    • En esa lógica el fraude procesal puede ser definido como las maquinaciones y artificios realizados
    • Concordante con lo expuesto, ya el Auto Supremo N° 159/2012 de 22 de junio, ha
    • CONSIDERANDO IV
    • IV
    • En ese contexto, existe fraude procesal cuando se demuestra en proceso ordinario, que existió una
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina

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