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    Auto Supremo AS/0488/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0488/2018

    Fecha: 13-Jun-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Valentín Alpire Cuellar c/ Conrado Saucedo Dorado y Wilfredo Germán Elías Justiniano
    • Distrito: Santa Cruz
    • De los agravios expuestos por el recurrente Valentín Alpire Cuellar, se extrae de manera ordenada
    • CONSIDERANDO III
    • Si bien el régimen de la nulidad procesal, se encontraba orientado bajo un enfoque totalmente
    • Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
    • Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
    • En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
    • El principio de trascendencia y el principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
    • El principio de protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
    • El fundamento del principio de convalidación es que una persona que es parte del proceso
    • Asimismo el principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
    • III.3. De la nulidad procesal en segunda instancia
    • Sobre el tema el art
    • II
    • III.4. De la incongruencia en la Sentencia
    • CONSIDERANDO IV
    • De los dos párrafos transcritos del Auto de Vista recurrido se advierte, que el fundamento
    • Por los motivos expuestos corresponde dictar Resolución conforme a lo determinado en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • En cumplimiento a lo dispuesto por el art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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