Auto Supremo AS/0294/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2018

Fecha: 03-Jul-2018

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 294
Sucre, 3 de julio de 2018

Expediente: 083/2018
Demandante: Juanita Katherine Adad de Nazrala
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso: Contencioso Administrativo
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Juanita Katherine Adad de Nazrala contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que la demanda contenciosa fue observada por decreto de 28 de marzo de 2018 (fs. 20), disponiendo que con carácter previo a considerar la demanda, la parte actora identifique y señale el domicilio del tercero interesado, concediéndole a tal efecto el plazo de diez días hábiles, computables a partir de su legal citación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda.
Conforme la diligencia de notificación de fs. 21 de obrados, la parte actora fue notificada con el referido decreto de fs. 20, el 17 de mayo de 2018, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a la observación realizada, correspondiendo en aplicar la sanción prevista en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por Juanita Katherine Adad de Nazrala contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en consecuencia se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
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