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    Auto Supremo AS/0365/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0365/2018

    Fecha: 25-Jul-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Materia
    • CONSIDERANDO I
    • Ante el deceso del demandante, se apersona Filomena Franco Vargas en calidad de derechohabiente del
    • Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • Así también, argumenta que, el Tribunal de alzada señala que el SENASIR no habría procedido
    • En otro acápite de su argumentación manifiesta que, se debe tomar en cuenta que, ha
    • Asimismo, alude que la recuperación de los cobros indebidos se sustentan en el Decreto Supremo
    • Argumenta que la verdad material constituye uno de los principios procesales fundamentales a momento de
    • Concluye solicitando: “que deliberando en el fondo se dicte Auto Supremo casando la Resolución Auto
    • Filomena Franco Vargas en respuesta al recurso planteado por el SENASIR, arguye que, el SENASIR
    • Mediante Auto Supremo N° 42-A de 31 de enero de 2018, fs
    • Previo a ingresar al fondo del caso traído a casación debe precisarse, que la entidad
    • En consecuencia del contexto referido este Tribunal procederá dar respuesta a este punto
    • Del caso concreto
    • Ingresando al análisis de la indebida aplicación del art
    • Debemos convenir que, para el ejercicio de la facultad de revisión de rentas, es preciso
    • Corridos los informes internos, mediante resolución N° 00002804 de 1 de julio de 2015, la
    • Ahora bien, analizando el espíritu de la norma antes citada, se infiere que a efectos
    • Por lo anteriormente señalado, debe puntualizarse que dicha institución en base al derecho de repetición
    • Bajo estas premisas, este Tribunal no advierte que el Auto de Vista impugnado contenga violación,
    • POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Sin costas en aplicación del art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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