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    Auto Supremo AS/0728/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0728/2018

    Fecha: 27-Jul-2018

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    • Reaseguros S.A
    • CONSIDERANDO I
    • En cuanto a que se declaró improbada la excepción de falta de acción y derecho,
    • Con referencia al arbitraje no solo no fue interpuesto como excepción por el demandado sino
    • Indicó que a fs
    • CONSIDERANDO II
    • 3
    • De la respuesta al recurso de casación
    • 1
    • 2
    • 4
    • 5
    • 6
    • CONSIDERANDO III
    • Y como las pruebas se deben ceñir al asunto y son inadmisibles las inconducentes, tenemos
    • “La conducencia es la idoneidad legal que tiene una prueba para demostrar determinado hecho es
    • “Utilidad, hace referencia a que con la prueba pueda establecerse un hecho materia de controversia
    • CONSIDERANDO IV
    • En cuanto al informe de fs
    • En el certificado médico de defunción, cursante a fs
    • El certificado de fs
    • La prueba conducente es la que tiene idoneidad legal para demostrar un determinado hecho, en
    • Al margen de lo expuesto corresponde señalar que el art
    • Corresponde señalar que el recurso de casación fue admitido, asumiendo un criterio de flexibilidad en
    • Por lo expuesto corresponde emitir resolución en la forma prevista en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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