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    Auto Supremo AS/0424/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0424/2018

    Fecha: 17-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Distrito: Santa Cruz
    • Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Planteada la demanda contenciosa tributaria por Elizabeth Lourdes Baldiviezo Flores, y tramitado el proceso, el
    • Auto de Vista
    • II. FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
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    • Petitorio
    • II.1. RESPUESTA AL RECURSO DE CASACIÓN
    • Mediante escrito de 17 de abril de 2017, Elizabeth Lourdes Baldiviezo Flores, responde el recurso
    • Mediante Auto Supremo Nº 192-A de fs
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Resulta imperioso advertir que la reposición del procedimiento contencioso tributario en contra de los actos
    • Del contexto descrito se advierte que la controversia traída a casación en esta parte del
    • Ajustados a los agravios formulados por el recurrente, corresponde evidenciar si la interposición de la
    • Así se tiene que, el art
    • Este Tribunal Supremo de Justicia, cuando se determinó la aplicación anticipada de las previsiones del
    • En ese entendimiento, el cómputo del plazo de la norma procesal -arts
    • Ahora bien, de revisión de antecedentes procesales, se evidencia que el demandante, fue notificado con
    • Lo expuesto evidencia, que el Auto de Vista N° 13 de 31 de enero de
    • A cuya consideración, siendo la resolución determinativa recurrida acto administrativo que determina supuestos tributos omitidos,
    • No debe perderse de vista que, el procedimiento de determinación de oficio, practicado por la
    • Asimismo, no se debe perder de vista que uno de los aspectos fundamentales del Derecho
    • La Ley N° 2492 CT, art
    • En ese orden, el art
    • El art
    • A su vez, el art
    • En el señalado contexto normativo, y respecto de la determinación de oficio realizada por el
    • Es importante dejar en evidencia, que este Tribunal, no pone en duda la posibilidad efectiva
    • En ese contexto, se advierte que el Tribunal de apelación, al revocar la Sentencia
    • Bajo estos criterios, se concluye que al no ser evidentes los extremos y las infracciones
    • POR TANTO: La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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