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    Auto Supremo AS/0451/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0451/2018

    Fecha: 17-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • La demanda laboral de Anulación de Proceso Sumario Interno y Reincorporación incoada por René Ameller
    • Auto de Vista
    • En apelación interpuesta por René Ameller Baspineiro, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa
    • El Auto de Vista, motivó que, René Ameller Baspineiro, formule recurso de casación en el
    • Señala que el Tribunal Ad quem, violó los arts
    • Indica que el Auto de Vista se limita a respaldar la sentencia al manifestar que,
    • Señala que el Tribunal Ad quem, ignora la petición y fundamentos de la demanda, menos
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    • Afirma que al encontrarse los trabajadores de EMAS sujetos a la LGT, su destitución vulnera
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    • En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto
    • En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
    • De la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que la controversia en el caso presente,
    • Derecho a la estabilidad laboral: estructura normativa en la legislación nacional
    • La Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho fundamental, tal
    • En ese sentido el DS 28699 de 1 de mayo de 2006, en su art
    • Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
    • Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado
    • El parágrafo III del art
    • A ese efecto el Convenio C-158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Sobre la
    • Tal cual se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
    • Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
    • Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el
    • Reincorporación
    • Protegida como está la estabilidad laboral atribuyéndole la mayor duración posible, es el propio DS
    • Sobre esa misma comprensión la jurisdicción constitucional, por medio de -entre otras- la SCP 0177/2012
    • Todo lo expuesto lleva a concluir, que en los casos en los que se presente
    • Dicho sea acá, que corresponde al juzgador laboral dentro de las facultades y atribuciones que
    • Debido Proceso
    • En ese sentido la SC 1756/2011-R de 7 de noviembre, señaló: “En mérito a lo
    • Es importante tener presente que en cualquier etapa que un procedimiento judicial o administrativo, incluso
    • Tanto la doctrina como la jurisprudencia, establecen una serie de componentes –no limitativos- del debido
    • En el primer caso, comprende al debido proceso: i) El derecho al juez natural; ii)
    • En cuanto al segundo caso, es decir, los derechos inherentes al procedimiento se tiene: a)
    • Antes de ingresar al análisis del caso concreto, con carácter previo nos referiremos a la
    • Bajo ese mismo razonamiento el art
    • En el caso de autos, queda establecida la competencia de la Judicatura Laboral, para conocer
    • Con referencia al alcance de la facultad revisora de la vía laboral en los procedimientos
    • Concluye la referida SCP 1092/2015-S3, que: “…, debe entenderse que la revisión del debido proceso
    • Establecida nuestra competencia, corresponde precisar que todo acto administrativo, como también lo es un proceso
    • El hecho que motivó el proceso administrativo interno, fueron las Resoluciones Sancionatorias, provenientes de cinco
    • Al respecto, corresponde aclarar que la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, Ley
    • Por lo señalado líneas arriba, el argumento del recurrente sobre la inaplicabilidad de la Ley
    • En cuanto a la denuncia de violación al debido proceso, debemos tener presente que conforme
    • Considerando la Ley 1178, sus decretos reglamentarios y el Reglamento Interno de EMAS, todos los
    • En definitiva, la Sala considera que, lo concluyente de las pruebas que cursan en el
    • Con referencia a la excepción de pago documentado, es evidente, como ya lo determinó el
    • Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, al no ser ciertas las infracciones acusadas en
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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