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    Auto Supremo AS/0624/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0624/2018-RA

    Fecha: 07-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 15 y 20 de febrero y 27 de abril de 2018,
    • De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes agravios
    • Previa reproducción íntegra y textual del recurso de apelación restringida (fs
    • Bajo el rótulo de “Lesión al debido proceso, en sus vertientes legalidad y Derecho a
    • II.3. Recurso de casación de Gionina Magdalena Viera Paz
    • La recurrente aduce que se incurrió en defectos absolutos y en vulneración de su derecho
    • Al respecto invoca como precedentes contradictorios la Sentencia Constitucional 0128/2015-S1 de 26 de febrero, así
    • Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios la Sentencia Constitucional 0537/2004-R de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el 18, 20 y 23 de abril
    • IV.1. Recurso de casación de Luís Alberto Ortiz Vargas
    • Con relación al primer motivo, planteado bajo el rótulo de “Lesión al debido proceso, en
    • En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
    • En el caso presente, el impugnado Auto de Vista, conoció la alzada en contra de
    • Respecto al segundo motivo, en el que señala que se incurrió en lesión al debido
    • IV.3 Recurso de casación de Gionina Magdalena Viera Paz
    • Con relación al primer motivo, se advierte que la recurrente refiere que se incurrió en
    • En definitiva, con relación a este motivo, tal como se dijo anteriormente en el caso
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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