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    Auto Supremo AS/0825/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0825/2018

    Fecha: 31-Ago-2018

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    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • CONSIDERANDO II
    • 3
    • 4
    • 5
    • 6
    • Por lo expuesto solicita que este Tribunal Supremo de Justicia anule obrados hasta la admisión
    • De la respuesta al recurso de casación
    • 1
    • Por lo expuesto solicita que este Tribunal Supremo de Justicia declare Infundado el recurso de
    • CONSIDERANDO III
    • Al respecto el Auto Supremo Nº 307/2017 de fecha 24 de marzo 2017 señala que
    • II
    • III
    • De la letra y esencia de la norma, se establece que el nuevo modelo procesal
    • Bajo ese antecedente, el estudio del presente Auto Supremo se centrará en analizar la extemporaneidad
    • De esta manera, se observa que el Tribunal de Alzada al realizar el computó para
    • Siendo la decisión a emitirse anulatoria, no corresponde emitir criterios sobre los otros puntos de
    • Consecuentemente, por las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir resolución conforme lo establece el
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa a los Vocales suscriptores del Auto de
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.

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