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    Auto Supremo AS/0496/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0496/2018

    Fecha: 21-Sep-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación de fs
    • En grado de apelación deducida por el demandado de fs
    • Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado
    • Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
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    • Tampoco corresponde el pago de las vacaciones, puesto que, el G
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    • Por lo tanto, en base a los argumentos expuestos, pide casar el Auto de Vista
    • Por su parte, el demandante, habiendo sido legalmente notificado, no ejerce su derecho a contestar
    • Para efectos de análisis e interpretación del caso que nos concierne, debemos referirnos al artículo
    • A la letra expresa: “I
    • El C
    • Textualmente estos artículos señalan: artículo 3
    • La normativa laboral boliviana, determina de manera clara los extremos para que un trabajador sea
    • El beneficio del subsidio de frontera, se encuentra establecido en el art
    • Planteados los fundamentos expuestos en el recurso de casación presentado, para considerarlos objetivamente, vamos a
    • De acuerdo con la demanda interpuesta y contestación a la misma, se evidencia que este
    • De acuerdo con nuestra normativa laboral, existe el principio de inversión de la prueba, por
    • Por lo tanto, de acuerdo a este análisis realizado, podemos determinar que Tomás Quispe Quispe
    • Con referencia a las vacaciones, al tratarse de un trabajador amparado por la L
    • Por lo tanto, no son evidentes los fundamentos expuestos por el recurrente en relación al
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    • Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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