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    Auto Supremo AS/0809/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0809/2018-RRC

    Fecha: 10-Sep-2018

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    • Por memorial presentado el 10 de marzo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 1/2016 de 16 de marzo (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular José Oscar Languidey Fariñas (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 126/2018-RA de 12 de marzo,
    • Haciendo referencia a los hechos que motivaron el presente caso y los aspectos argumentados por
    • Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 200/2012-RRC de
    • I.1.2. Petitorio
    • Por lo expuesto, el recurrente solicitó se anule la Resolución 118/2016 y ratificar inextenso la
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 126/2018-RA de 12 de marzo, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • El Contrato de compra y venta se encuentra pendiente de trámites civiles, en instancias de
    • II.2.  De la apelación restringida y su resolución
    • La inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la acusación,
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Radicado el recurso ante la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justica de La
    • Asimismo, el Tribunal de instancia hace referencia al art
    • De esta manera la Sentencia contendría los defectos establecidos en el art
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III.2. Precedentes contradictorios invocados
    • El recurrente invocó como precedentes contrarios los siguientes
    • Auto Supremo 332/2012-RRC de 18 de diciembre, pronunciado dentro de un proceso penal por el
    • Es así, que los jueces y Tribunales son los únicos facultados para realizar la valoración
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • En cuanto a la segunda temática, este Tribunal Supremo de Justicia considera, que la revalorización
    • Corresponde ahora, ingresar al análisis del motivo admitido para su resolución, que consiste en la
    • Al respecto, la parte recurrente en su recurso de casación denunció: “…al determinarse fundado el
    • En relación a lo anterior, se tiene que el Auto de Vista impugnado a tiempo
    • El art
    • El mismo Tribunal de primera instancia reconoce que la inscripción a Derechos Reales está a
    • El Tribunal de Sentencia hace referencia al art
    • Concluyendo que la Sentencia contendría los defectos establecidos en el art
    • En efecto, esta argumentación, no significa que el Auto de Vista impugnado haya procedido a
    • El razonamiento del Tribunal de alzada, no es contrario a los Autos Supremos 200/2012-RRC de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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