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    Auto Supremo AS/0853/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0853/2018

    Fecha: 05-Sep-2018

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    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • El Tribunal de segunda instancia consideró que la A quo emitió un pronunciamiento que no
    • Respecto a los reclamos de apelación con relación al automotor el Ad quem describe los
    • Finalmente al haber solicitud expresa de la apelante de conservar los bienes y pagar el
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
    • 1
    • 2
    • En el fondo
    • El demandante contesta el recurso de casación refiriendo que la parte contraria no expresa claramente
    • CONSIDERANDO III
    • En el Auto Supremo Nº 80/2014, de 18 de marzo de 2014 se orientó respecto
    • La comunidad se constituye aunque uno de los cónyuges tenga más bienes que el otro
    • Por otra parte, el art
    • De las citadas disposiciones legales se establece que nuestro Código de Familia, de los distintos
    • Así establecida la comunidad de gananciales como sistema o régimen de orden legal, ciertamente es
    • Si bien tiene la característica de irrenunciable, pero esa situación nada impide que los
    • Bajo ese razonamiento, si se considera que la distribución de los bienes gananciales es legal,
    • El art
    • III.2. De la valoración de la prueba
    • Con relación a la valoración de la prueba se ha indicado en el Auto Supremo
    • III.3. Sobre el principio de comunidad de la prueba
    • Con relación al principio de comunidad de la prueba el Auto Supremo Nº 184/2015 de
    • CONSIDERANDO IV
    • Por lo que no existe infracción de incongruencia e impertinencia
    • La pretensión de medidas cautelares es una pretensión accesoria a la principal
    • Asimismo, para hacer efectivo el anterior acto, la Juez de instancia deberá tener presente que
    • Por lo que el reclamo deviene en infundado
    • De la revisión de la demanda de fs
    • Al margen de ello de la contestación de la demanda de fs
    • Consiguientemente analizando las pruebas descritas en su integridad, los mismos son pertinentes a demostrar que
    • El Ad quem no consideró los argumentos descritos precedentemente, basando su criterio únicamente en la
    • Respecto a las literales de fs
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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