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    Auto Supremo AS/0871/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0871/2018-RRC

    Fecha: 25-Sep-2018

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    • Por memorial presentado el 23 de enero de 2018, de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 09/2017 de 21 de abril, de fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la entidad recurrente (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 478/2018-RA de 29 de junio,
    • Inexistencia de fundamentación con relación a las atestaciones de Vivian Cuba y Pedro Áñez Álvarez
    • Denuncia sobre el no señalamiento preciso de los elementos de prueba que no habrían sido
    • I.1.2. Petitorio
    • Solicitó que previa admisión, de su recurso se deje sin efecto el Auto de Vista
    • II.1. De la Sentencia
    • Concluido el juicio oral el Juez de Sentencia Segundo en lo Penal del Tribunal Departamental
    • En torno a la participación de la co-acusado, el Juez de origen consideró: “…para que
    • Con tales antecedentes el juzgador de mérito concluyó que: “no ha quedado demostrado la responsabilidad
    • II.2. De la apelación restringida
    • Por memorial saliente de fs
    • II.3. Del Auto de Vista
    • En torno a la denuncia de existencia del defecto contenido en el art
    • Con referencia al motivo inherente al grado de participación de la querellada, el Tribunal de
    • “…contiene los motivos de hecho y de derecho en que basa sus decisiones y el
    • Sobre el reclamo específico relacionado a la deposición testifical de Vivian Cuba y Pedro Añez
    • El recurso en análisis, posee una particularidad tanto en la forma de su planteamiento como
    • III.1.Consideraciones previas: uniformización de jurisprudencia y situación de hecho similar
    • La contradicción vista en los arts
    • Invocando el Auto Supremo 608/2015-RRC de 11 de septiembre, como precedente contradictorio, el recurrente denuncia
    • Dentro del proceso penal seguido por BCM contra MAAV y LVZ por el delito de
    • “se establece que el Tribunal de apelación, si bien advirtió la existencia de errónea aplicación
    • En lo demás el precedente en descripción posee una argumentación rica relacionada al deber de
    • Cabe aclarar, que si bien el delito del Alzamiento de Bienes o Falencia Civil es
    • III.2.2.Análisis de situación de hecho similar y verificación de contradicción pretendida
    • Ya en materia
    • De inicio enfatizar que en la labor de los tribunales de alzada, por el principio
    • III
    • Ahora bien, partiendo de la premisa de tener al juicio oral como la fase principal
    • Los elementos antes enunciados, responden a la observancia del principio de legalidad penal, si bien
    • Esta figura penal posee un elemento especializante y como ha enfatizado el Auto Supremo 608/201-RRC
    • El contenido de la obligación debe ser una prestación económicamente evaluable, la obligación no puede
    • El concepto de insolvencia debe referirse siempre a los casos en los que la ocultación
    • Tanto la Sentencia de grado como el Auto de Vista impugnado desestimaron la participación de
    • Por los argumentos expuestos la Sala concluye que las consideraciones vertidas en el Auto de
    • Denuncia la inexistencia de fundamentación y pronunciamiento en el Auto de Vista recurrido al contener
    • Con motivo a la interposición de recurso de casación dentro de un proceso penal seguido
    • El precedente contradictorio invocado reiteró los entendimientos de los Autos Supremos 218/2014-RRC de 4 de
    • El Auto Supremo 218/2014-RRC de 4 de junio, refiere “Es así, que en consideración a
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • Control de la fundamentación de la sentencia en apelación restringida
    • El Auto Supremo 354/2014-RRC de 30 de julio, en cuanto a la fundamentación y motivación
    • En lo atinente al objeto del recurso en examen, el inc
    • El autor Fernando de la Rúa haciendo referencia a los errores de fundamentación distingue: i)
    • III.1.3.Análisis de situación de hecho similar y verificación de contradicción pretendida
    • Emitida la Sentencia 09/2017, la parte querellante interpuso recurso de apelación restringida, que, en la
    • En concreto denuncio y reclamo la ausencia de pronunciamiento sobre las declaraciones de Vivian cuba
    • El juez tiene la obligación de describir de forma individual los medios de prueba incorporados
    • Expuesto el agravio el Auto de Vista 65/2018, lo declaró improcedente, considerando que ello no
    • La Sala considera que, el Tribunal de apelación declaró la improcedencia del tercer motivo de
    • Una argumentación precisa, en fase de recursos, no constituye de manera alguna el simplismo de
    • Recrimina la aseveración del Auto de Vista, sobre el no señalamiento en el recurso de
    • Fue pronunciado por la Sala Penal Segunda de la extinta Corte Suprema de Justicia, en
    • El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
    • Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman
    • Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
    • El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • III.3.2.Análisis de situación de hecho similar y verificación de contradicción pretendida
    • El recurrente riñe con la valoración otorgada por la instancia de mérito a la Escritura
    • Como se adelantó, el contenido del precedente contradictorio invocado en este motivo, posee dos planos,
    • En ese sentido el precedente es manifiesto al aseverar que “Resulta deficiente el planteamiento cuando
    • En el proceso penal, se prueba la existencia o no de una conducta que reporte
    • En ese entendimiento, el precedente en cuestión es manifiesto al determinar como componente de validez
    • En suma, la Sala concluye que la contradicción pretendida por el recurrente en todos los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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