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    Auto Supremo AS/0023/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0023/2019-RRC

    Fecha: 30-Ene-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 15 de mayo de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 14/17 de 5 de junio de 2017 (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, Oswald R
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 650/2018-RA de 14 de agosto
    • El recurrente solicita que deliberando en el fondo, este Tribunal anule el Auto de Vista
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 14/17 de 5 de junio de 2017, el Juez Segundo de Sentencia del
    • De la audiencia de inspección ocular de 30 de marzo de 21017, no se llegó
    • No se reúnen los elementos básicos para la configuración del tipo penal de Despojo, porque
    • Si bien la querellante ha adjuntado la carta notariada de 27 de enero de 2015;
    • El imputado no llegó a realizar la acción de invadir el bien inmueble por voluntad
    • El defecto previsto en el inc
    • Arguye de igual forma la valoración defectuosa de la prueba por parte del Juez de
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto
    • Existe una errónea aplicación de la ley sustantiva por parte del Juez de Sentencia, que
    • III.1.Del principio de congruencia
    • Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
    • El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
    • Por otra parte, sobre la congruencia externa; es decir, a la exigencia de correlación entre
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Expuesto el motivo de análisis, delimitado por el Auto de Admisión en el caso presente
    • Primero, el recurrente señala que el Tribunal de alzada, de manera oficiosa se pronunció respecto
    • Otro aspecto denunciado por el recurrente de manera concreta, es el tercer considerando de la
    • Finalmente, observa que el Tribunal de alzada, justificó la supuesta posesión previa de la querellante,
    • Ahora bien, en cuanto al pronunciamiento de los defectos de Sentencia contendidos en el incs
    • En cuanto, a lo observado en el tercer considerando de la Resolución impugnada, se advierte
    • Por último, de la posesión justificada por el Tribunal de alzada la cual arguye el
    • En consecuencia, la motivación del Tribunal de alzada a tiempo de emitir el Auto de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dra. Maritza Oro Condori

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