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    Auto Supremo AS/0029/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0029/2019

    Fecha: 28-Ene-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: División y partición de bienes gananciales
    • CONSIDERANDO I
    • Resolución de primera instancia que fue apelada por Vitaliano Cardenas Coca, a través del escrito
    • CONSIDERANDO II
    • 1
    • 2
    • II.2. En el Fondo
    • En base a todo lo señalado, solicita se dicte Auto Supremo casando y/o anulando el
    • Respuesta al recurso de casación
    • No cursa respuesta al recurso de casación
    • III.1. De la procedencia del recurso de casación de la apelación en efecto diferido
    • En ese orden, el art
    • Entonces, tomando en cuenta que el recurso de casación es considerado un medio impugnatorio vertical
    • III.2. Del Principio de per saltum
    • El art
    • Sin duda la norma descrita, permite materializar la congruencia de la Resolución Judicial, en virtud
    • De ahí que, una vez interpuesto el recurso de casación, con argumentos que no encuentren
    • III.3. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
    • Sobre este particular, la SC 0012/2006-R de 4 de enero, ha razonado que: “La motivación
    • En ese mismo entendido, en la SCP Nº 0903/2012 de 22 de agosto, se ha
    • Finalmente la SCP 0075/2016-S3 de 8 de enero, sobre este tema ha sintetizado señalando: “…es
    • Por lo expuesto se puede colegir, que para el cumplimiento del debido proceso en sus
    • Expuesta como está la doctrina aplicable al presente caso, corresponde expresar las siguientes consideraciones
    • Ahora bien, en la alegación recursiva expuesta en el punto 2) del recurso de casación,
    • Al respecto resulta pertinente señalar que este Tribunal, en diferentes fallos ha entendido la importancia
    • En ese marco se puede constatar que el Auto de Vista impugnado, si contiene las
    • IV.2. En el fondo
    • En el único punto de la argumentación recursiva de fondo, el recurrente denuncia que el
    • Y en ese entendido, se tiene que al plantear el referido reclamo, el recurrente no
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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