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    Auto Supremo AS/0571/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0571/2019

    Fecha: 08-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Demandante:Luís Ángel Chuquimia y Agencia Despachante de Aduana GLOBAL S.R.L
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Planteada la demanda contenciosa tributaria, el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal
    • Auto de Vista
    • Contra la sentencia, la AN interpuso recurso de apelación de fs
    • En conocimiento del Auto de Vista Nº 3/2018, la AN presentó recurso de casación de
    • Señaló que la resolución recurrida: 1) identificó erróneamente al demandante; hecho que, puede inducir en
    • En el fondo
    • Aseveró que la AN interpretó correctamente la Ley, estableciendo en la fiscalización la: “… diferencia
    • Manifestó que el Juez de instancia y el Tribunal de alzada confundieron el despacho normal
    • Petitorio
    • Solicitó se case el Auto de Vista impugnado y la Sentencia del Juez de instancia;
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • El recurso de casación se presentó en la forma y en el fondo; en ese
    • Doctrina aplicable al caso
    • El art
    • En materia de nulidades, la doctrina y las legislaciones han superado la nulidad procesal como
    • Siguiendo este criterio, el principio de “trascendencia” establece que no hay nulidad sin perjuicio; así,
    • Por otra parte, de acuerdo al principio de “conservación”, toda nulidad implica un retroceso en
    • En ese contexto, los jueces y Tribunales que administran justicia, tienen el deber ineludible de
    • Sobre la finalidad de los Certificados de Inocuidad Alimentaria de Importación y el principio de
    • Esta cuestión ya fue considerada por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera
    • Continuando con la jurisprudencia, es importante recordar que uno de los principios básicos que rige
    • Resolución del caso en concreto
    • En la forma
    • Revisado el Auto de Vista recurrido, es cierto que, en su parte considerativa, identificó erróneamente
    • Por otra parte, la AN alegó que la resolución recurrida de casación carece de argumentación
    • Al respecto, se aclara que en el marco de los arts
    • Independientemente de lo señalado, la AN no explicó cómo es que lo determinado por el
    • Al contrario, revisada la resolución impugnada, se observa que se encuentra fundamentada en cuanto a
    • Por lo que en aplicación del principio de “conservación” de los actos procesales, a continuación,
    • En el recurso de casación, la AN aseveró que la fiscalización aduanera demostró una: “…
    • Al respecto, el art
    • La norma transcrita contiene dos supuestos de hecho: Primero, que una persona realice el tráfico
    • En el caso, se observa que en ninguno de los dos supuestos, se adecúa la
    • Estos hechos se encuentran corroborados en el caso por la misma AN, toda vez que
    • Por otra parte; si bien es cierto que, los arts
    • Es importante recordar que uno de los principios básicos que rige el actuar administrativo es
    • Por otra parte, la AN manifestó que el Juez de instancia y el Tribunal de
    • Al respecto, la AN no explicó cómo es que este aspecto tiene relevancia en la
    • En ese contexto, este Tribunal constata que la resolución del Tribunal de apelación, resulta correcta;
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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