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    Auto Supremo AS/0647/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0647/2019

    Fecha: 22-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
    • CONSIDERANDO I
    • I.1.1.- SENTENCIA
    • Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo, Seguridad Social Séptimo de
    • En consecuencia, ordenó a la empresa “Hot Burguer” que deberá pagar a favor del actor,
    • I.1.2.- AUTO DE VISTA
    • En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 109 de 3 de agosto de
    • I.2.- RECURSO DE CASACIÓN
    • Que, del referido auto de vista, Félix Grover Chiguanto Flores, demandante, y Sonia Vaca de
    • I.2.1.- ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS
    • Los recurrentes expresaron los siguientes argumentos
    • Inició el memorial citando parte de la sentencia de primera instancia, en relación con los
    • Realizó nuevamente una cita de parte de la sentencia de primera instancia en que se
    • Hizo referencia posteriormente al Auto Supremo Nº 379/2012 de 28 de septiembre, sobre la aplicación
    • I.2.1.2. – PETITORIO
    • I.2.2.1.- SEGUNDO RECURSO
    • La exposición del recurso inició con la cita de normas de la Constitución Política del
    • Expresó luego, que el retiro del trabajador fue voluntario, que no hubo despido, pero que
    • A continuación, en referencia al auto de vista impugnado, acusó falta de valoración de la
    • Por otra parte, acusó la infracción de los artículos 159 y 162 del Código Procesal
    • Bajo el epígrafe de impugnación a través del presente recurso de casación contra el Auto
    • I.2.2.2. – PETITORIO
    • CONSIDERANDO II
    • Que así expuestos los argumentos de los recursos de casación de fojas 122 a 123
    • Antes de ingresar a los argumentos que fueron expuestos en el recurso, es importante precisar
    • Respecto del hecho que los tres últimos meses trabajados; es decir, diciembre de 2015, enero
    • Al respecto, es importante considerar que el juez de primera instancia, al determinar como hecho
    • Posteriormente, recalcó que el trabajador demandante tiene el deber procesal de mostrar la legitimidad de
    • Ahora bien; lo que se busca a través de un proceso judicial, no solamente es
    • Por lo anterior, en materia laboral, corresponde al juzgador efectuar la valoración del conjunto de
    • Tomando en cuenta la fundamentación anterior, es importante recordar al recurrente, que si consideraba que
    • Es decir, que si el recurrente pretendía la revisión de lo que fue determinado por
    • En cuanto a la redundante afirmación del recurrente, en sentido que no se aplicó el
    • El principio de protección se halla integrado por tres sub reglas a efecto de su
    • En relación con lo señalado respecto del principio de inversión de la carga de la
    • Es decir, que aun cuando en materia laboral hay un amplio espectro de protección a
    • En referencia a la cita del Auto Supremo Nº 379/2012 de 28 de septiembre, sobre
    • Por lo anterior, al impugnar el auto de vista, se debe efectuar una crítica legal
    • Finalmente, en casación no existen agravios, pues no se trata de la continuación del proceso
    • II.1.2.- SEGUNDO RECURSO
    • Antes de ingresar a los argumentos que fueron expuestos en el recurso, igual que en
    • Por otra parte, es importante considerar que los fundamentos desarrollados al resolver el primer recurso,
    • El recurso gira en torno a la supuesta vulneración del derecho al debido proceso, en
    • Sobre este mismo hecho, el tribunal de alzada al emitir el auto de vista impugnado,
    • Sobre la acusación de falta de valoración de la prueba testifical de descargo, acusando la
    • De hecho, sobre la prueba testifical de descargo de fojas 70 a 71, como ya
    • Sobre el artículo 24 de la Constitución Política del Estado, derecho de petición, se debe
    • Así, la Sentencia Constitucional Nº 1615/2011-R de 11 de octubre, señala el siguiente razonamiento: “’…el
    • En el caso, presente, tanto la sentencia como el auto de vista ahora impugnado, fueron
    • En cuanto a la vulneración acusada de los artículos 115 y 117 de la Constitución
    • La fundamentación, en relación con el auto de vista, no es abundante, pero es suficiente,
    • El recurso de casación es extraordinario y formal, a través del cual, cuando corresponda, se
    • Respecto de la infracción de los artículos 159 y 162 del Código Procesal del Trabajo
    • Sobre este hecho, el auto de vista impugnado señaló que si bien el trabajador puede
    • Por otra parte, por mandato del parágrafo III del artículo 48 de la Constitución Política
    • Aún más, el parágrafo IV del artículo 48 de la Norma Suprema del Estado, determina
    • En cuanto a lo expresado por la recurrente en sentido que el presente recurso de
    • Es evidente que cumplidas las formalidades de ley, el recurso de casación, es un medio
    • En cuanto a su contenido, el mismo fue fundamentado con las razones y motivos señalados
    • Finalmente, respecto de su petitorio, cabe reiterar lo señalado al resolver el primer recurso, en
    • Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
    • Sin costas por ser ambas partes recurrentes
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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