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    Auto Supremo AS/0910/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0910/2019-RRC

    Fecha: 14-Oct-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 2 de abril de 2019, cursante de fs
    • Por Sentencia 20/2018 de 15 de octubre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Cecilio Ferrel formuló recurso de apelación restringida (fs
    • En conocimiento del recurso descrito, esta Sala, en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo
    • Denuncia incongruencia omisiva del Auto de Vista que procedió a una transcripción de algunos puntos
    • El recurrente solicitó se anule el Auto de Vista impugnado
    • Mediante Sentencia 20/2018, Cecilio Ferrel fue declarado autor y culpable de la comisión del delito
    • Tercer hecho probado, el acusado amedrentaba a la madre de la menor para que desista
    • Activado el recurso de apelación restringida, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
    • “Que, resueltos que fueron los reiterativos argumentos del recurrente, existiendo falta de fundamentación legal aplicable
    • El recurrente en su recurso de casación denuncia: a) la falta de fundamentación del Auto
    • Antes de ingresar al análisis del caso, convendremos que ambos reclamos están referidos a la
    • En ese sentido y a los fines de efectuar la labor de contraste corresponde extractar
    • (…) Asimismo, se verifica de los antecedentes , que el recurrente denunció defecto absoluto en
    • Consecuentemente, si bien el Tribunal de apelación respondió de manera fundamentada y motivada a la
    • Así, si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada
    • De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
    • Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 214/2007 de 28 de marzo y el
    • “Que de la revisión de los antecedentes, así como del análisis de los fundamentos del
    • Asimismo, advirtiendo este Tribunal que los motivos expuestos tanto en el recurso de apelación como
    • El sistema de la sana crítica, otorga a las partes la libertad de escoger los
    • El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
    • Los jueces de mérito son soberanos en la valoración de las pruebas, que las estiman
    • Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
    • El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 5/2007 de 26 de enero y análisis
    • “Sin embargo, de la compulsa de antecedentes, se tiene que el recurso de casación deducido,
    • En materia de recursos, la autonomía de la voluntad de las partes cobra, un rol
    • La principal consecuencia del imperio del principio dispositivo, es que el Tribunal de alzada se
    • El Auto de Vista recurrido, al no considerar las denuncias de la parte, "se acoge
    • De ahí que la denuncia de incongruencia omisiva, al no haberse pronunciado la Sala sobre
    • Tal alteración entre las pretensiones de los recurrentes y los alcances de la decisión judicial
    • La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
    • De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
    • a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
    • c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
    • En el contexto del entendimiento desarrollado, en el caso, el reclamo del recurrente está referido
    • Los precedentes, glosados han resuelto problemáticas referidas a la incongruencia omisiva, así en el primer
    • En el caso, la doctrina legal aplicable traída a colación de manera resumida no fue
    • En consecuencia existe una clara contradicción entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes,
    • En cuanto a la denuncia formulada por el recurrente en sentido de que el Tribunal
    • Los arts
    • Es así, que los jueces y Tribunales son los únicos facultados para realizar la valoración
    • Asimismo, el art
    • Entonces, cuando el Tribunal de alzada determine la realización de nuevo juicio oral, y al
    • En tales condiciones, los Tribunales encargados de sustanciar los juicios que involucren a un niño,
    • Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 704/2015 RRC-L de 30 de septiembre y
    • “III.4. Resolución del caso concreto
    • vi) Denuncia vicio por incongruencia omisiva pues, pese a que oportunamente contestó tanto de manera
    • En este caso, tampoco existe un hecho similar; si bien, en ambas se alega la
    • Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 550/2014 RRC de 15 de octubre y
    • El AS fue pronunciado dentro de un proceso penal por el delito Violación Niño, Niña
    • Doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 131/2007 de 15 de febrero
    • Finalmente, tampoco es posible realizar el análisis de contradicción con este fallo supremo porque no
    • Por consiguiente, siendo evidente la contradicción planteada por el imputado en casación solo respecto de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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