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    Auto Supremo AS/0985/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0985/2019-RA

    Fecha: 21-Oct-2019

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    • Por memorial presentado el 3 de septiembre de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusado Eugenio Quispe Mamani, interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • El recurrente, haciendo alusión a la procedencia del recurso de casación, expone los siguientes fundamentos
    • Señala que en apelación se motivó la inexistencia de fundamentación fáctica, intelectiva y jurídica de
    • En cuanto a la falta de fundamentación intelectiva, el Tribunal de apelación incurrió en argumentos
    • Alega que en apelación formuló defecto de Sentencia por la defectuosa valoración de la prueba,
    • Denuncia que el Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva respecto al agravio de apelación
    • Invoca a su vez los Autos Supremos 399/2014 de 19 de agosto y 64 de
    • El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • El recurrente, como primer motivo, denuncia que en apelación alegó errónea aplicación del art
    • Analizando el motivo de casación, se advierte que el recurrente sustentó de manera suficiente la
    • En el segundo motivo, el recurrente refiere que en apelación se motivó la inexistencia de
    • De la revisión de los argumentos en casación, el recurrente invoca el Auto Supremo 302
    • A su vez, el recurrente invocó el Auto Supremo 308 de 25 de agosto de
    • Debe agregarse, que el recurrente también hizo invocación del Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de
    • El recurrente, como tercer motivo alega que en apelación formuló defecto de Sentencia por la
    • El recurrente invoca como parte de su fundamentación el Auto Supremo 399/2014-RRC de 19 de
    • Asimismo, en el motivo en análisis, la parte en casación invoca los Autos Supremos 283/2014
    • Entonces, ante la evidente falta de argumentación recursiva incurrida por el recurrente en el motivo
    • Como cuarto motivo, el recurrente denuncia que el Auto de Vista incurrió en incongruencia omisiva
    • El recurrente invoca contradicción del Auto de Vista con el Auto Supremo 172/2012 de 16
    • Finalmente, el recurrente invoca a su vez los Autos Supremos 399/2014 de 19 de agosto
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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