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    Auto Supremo AS/0657/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0657/2019

    Fecha: 14-Nov-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo de fs
    • Interpuesto el recurso de apelación planteado por Jaime Veizaga Zanabria, mediante Auto de Vista N°
    • Argumenta que el Tribunal de apelación pronunció un fallo después de haber perdido competencia, de
    • Argumenta que el Auto de Vista impugnado ha incurrido en omisión, pues la apelación versa
    • Argumenta que el Auto de Vista, es falto de motivación e incongruente, que es la
    • Alega que no se pronunció sobre la violación de la ley esgrimida como agravio en
    • Afirma que no se ha pronunciado sobre la falta de valoración integral de la prueba
    • Señala que el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada no reúne los requisitos
    • Mediante Auto de 30 de enero de 2019 de fs
    • El Código Procesal Civil (2013), art
    • Asimismo, el art
    • Estas omisiones de no identificación de las infracciones en las que habría incurrido el Auto
    • Pese a la ausencia de carga argumentativa del recurrente, este Tribunal evidencia respecto a la
    • En ese sentido, se evidencia a fs
    • Respecto a la supuesta infracción de omisión e incongruencia en la que habría incurrido el
    • Es menester señalar que la observancia del debido proceso, implica el respeto de las garantías
    • Del examen del recurso de casación, la empresa recurrente argumenta que el Auto de Vista
    • En relación a la falta de motivación acusado por el recurrente, resulta pertinente señalar que
    • De ello, se advierte que las acusaciones del recurrente sobre la no aplicación del art
    • En el caso en análisis, se puede establecer que en revisión de alzada, estos aspectos
    • Bajo esos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
    • Se regula honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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