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    Auto Supremo AS/0681/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0681/2019

    Fecha: 14-Nov-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en la forma y el fondo, de fs
    • En conocimiento de la Sentencia, Carlos Andrés Cabezas Dávalos y Silvia Paola Arízaga Ruiz, en
    • Manifiesta que el Auto de Vista ahora impugnado, incumple con el principio procesal universal “tantum
    • Argumenta que el Auto de Vista, no cumple con lo preceptuado en los arts
    • Afirma que se advierte que el Tribunal de alzada, no reconoció como prueba, el descargo
    • Citando jurisprudencia contenida en el AS N° 423/2015 de 16 de junio de 2015, señalan,
    • Manifiesta que por todo lo anterior, una armoniosa comprensión de lo que significa el ejercicio
    • Corrido en traslado el recurso de casación interpuesto por Carlos Andrés Cabezas Dávalos y Silvia
    • Mediante Auto de 30 de enero de 2019 de fs
    • La jurisprudencia del Tribunal de Supremo de Justicia, ha establecido que el instituto del recurso
    • Así, el Auto Supremo (AS) Nº 123 de 28 de mayo de 2014, estableció que:
    • En cambio, el recurso de casación como acción de impugnación busca, en términos generales, que
    • En el marco del razonamiento anterior no resulta difícil concluir que el legislador ordinario omitió
    • Siguiendo este razonamiento se advierte que la apelación, no supone un juicio jerárquico o censura
    • Este nuevo examen de la causa, coloca a las partes en el mismo lugar que
    • Es cierto que conforme al adjetivo que regula este tipo de procesos entre las formas
    • Si el legislador hubiese acordado como finalidad la revocatoria, el nuevo examen no tendría sentido
    • En cambio, si entendemos que la segunda instancia tiene por finalidad el nuevo examen de
    • Por ello es que, le corresponde al Tribunal de apelación, juzgar nuevamente los hechos con
    • En definitiva, el Tribunal de apelación deberá cuidar que su decisión resuelva el conflicto de
    • En cambio, el juicio en el recurso extraordinario de casación, no se ocupa del derecho
    • Sobre el caso, el Tribunal de casación, en el AS Nº 344-Social I, de 15
    • Cuando se analiza una resolución de vista y se denuncia falta de motivación y argumentación
    • En ese entendido, de la revisión del Auto de Vista impugnado, se advierte que efectivamente,
    • Por otra parte, la resolución de vista estableció que la labor hermenéutica de valoración de
    • Evidenciándose que el Tribunal de alzada, confundió sus roles con el del Tribunal de Casación,
    • Por consiguiente, se concluye que el Tribunal de Apelación incurrió en lesión al debido proceso,
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Sin multa por ser excusable la omisión advertida
    • En cumplimiento a lo previsto en el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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