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    Auto Supremo AS/0053/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0053/2019-RA

    Fecha: 06-Feb-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, los imputados Nicolás Ramírez Copa y Julia Ramírez Capa, interpusieron recurso
    • Por diligencia de 13 de noviembre de 2018 (fs
    • Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Como segundo agravio refieren, que el Auto de Vista recurrido incurrió en fundamentación evasiva, nada
    • Manifiestan, que el Auto de Vista recurrido no dice nada, solo omite o tergiversa
    • Finalmente, refieren que el Auto de Vista recurrido omitió pronunciarse sobre otras omisiones como: que
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • Respecto al primer motivo, en el que refiere, que el Auto de Vista omitió pronunciarse,
    • De los argumentos expuestos, se infiere que la denuncia deviene de una cuestión incidental, respecto
    • Respecto al punto i) del presente motivo, se advierte que el reclamo deviene de una
    • Respecto a la invocación de los Autos Supremos 439/12, 616/2017-RRC y 703/2017-RA de 11
    • En relación al tercer motivo, en el que reclaman que el Auto de Vista recurrido
    • De la fundamentación expuesta, se tiene que los recurrentes incurren en confusión e incongruencia; por
    • Por otra parte, si bien los recurrentes denuncian la concurrencia de vicios absolutos; no obstante,
    • Finalmente, respecto al cuarto motivo, en el que cuestionan que el Auto de Vista recurrido
    • Al respecto los recurrentes en el otrosí del recurso, citan los Autos Supremos 111/2014-RRC, 3/2013
    • Por otra parte, si bien los recurrentes denuncian la vulneración de los arts
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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