Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0066/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0066/2019

    Fecha: 18-Feb-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • El recurso de reclamación presentado por el asegurado contra la Resolución Nº 9743, que otorgó
    • En apelación interpuesta por el asegurado, la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social –
    • Contra el Auto de Vista, el ente gestor formula recurso de casación en el fondo,
    • Manifiesta que, de acuerdo a la previsión del Parágrafo II del art
    • Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia previa deliberación en el fondo, Case el Auto
    • En el transcurso del tiempo, la Seguridad Social en Bolivia tuvo una serie de transformaciones
    • El Principio de Verdad Material se encuentra reconocido en el art
    • En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
    • El argumento del SENASIR para no certificar los aportes del periodo enero/1990 a abril/1997, hace
    • En atención a los agravios señalados en el recurso de apelación, el Tribunal ad quem,
    • Los argumentos del recurso de casación en el fondo, versan sobre la violación a normativa
    • Al respecto, corresponde hacer referencia que, en Bolivia desde el 7 de febrero de 2009,
    • Aplicando las características del Estado Constitucional de Derecho, al caso concreto, se debe dejar claramente
    • A manera de aclaración, el número de aportes realizados y reconocidos al Sistema de Reparto,
    • Bajo este razonamiento, en busca siempre de la verdad, con la finalidad de efectivizar la
    • En este sentido, los documentos que en originales cursan de fs
    • El SENASIR pretende y así lo expresa en su recurso, cuando señala como normas violadas,
    • Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
    • POR TANTO
    • Sin costas en aplicación de los arts
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca