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    Auto Supremo AS/0067/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0067/2019

    Fecha: 18-Feb-2019

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    • Que tramitado el proceso por beneficios sociales incoado por Rodrigo Torres Quiroz, la Juez de
    • Que, varios puntos sometidos a alzada, no merecieron tratamiento de fondo entre los cuales se
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    • En este contexto, fundamenta su recurso interpuesto de la siguiente manera
    • Asimismo, se violentó la legítima defensa en juicio art
    • De igual modo se afectó y violento el Derecho a la Seguridad Jurídica, reconocido como
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    • En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
    • El reclamo confuso del recurrente traído en casación se centra
    • Al respecto, el Auto de Vista respalda la valoración de pruebas efectuada en la Sentencia,
    • Entonces, como se aprecia de éste correo, la empresa demandada tenía pleno conocimiento de la
    • Al respecto, el recurrente induce en error al afirmar que hubo un pago de indemnización
    • La indemnización por tiempo de servicios corresponde cuando la trabajadora o el trabajador hubiesen cumplido
    • Por otra parte la apreciación y valoración de la prueba es facultad privativa de los
    • Además de lo dicho, no debe perderse de vista la aplicación del principio intervencionista, en
    • Sobre los puntos 4, 5 y 6, referidos a la falta de fundamentación y motivación
    • En la especie, de la lectura del Auto de Vista recurrido, se evidencia que da
    • Si bien la falta de pronunciamiento con la debida motivación y fundamentación, se constituyen en
    • Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Se regula el honorario profesional en la suma de Bs500 (Quinientos 00/100 Bolivianos)
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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