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    Auto Supremo AS/0100/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0100/2019-RA

    Fecha: 20-Feb-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 31 de octubre de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 24 de octubre de 2018 (fs
    • Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Por otra parte manifiesta, que respecto al incidente de nulidad por defectos absolutos no susceptibles
    • Además, que la providencia de 10 de octubre de 2017, le resulta nula de pleno
    • Bajo el título “RESPECTO AL INCIDENTE DE DEFECTOS ABSOLUTOS”, manifiesta que el Juez de mérito
    • Finalmente reclama, que la Sentencia resulta contradictoria y ambigüa; por cuanto, el querellante el
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • Respecto al primer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista incurrió en
    • De los argumentos expuestos, se infiere que la denuncia deviene de una cuestión incidental, respecto
    • En cuanto, al segundo motivo en el que refiere que respecto al incidente de nulidad
    • De los argumentos expuestos, al igual que en el anterior motivo, se infiere que el
    • En relación al tercer motivo en el que bajo el título “RESPECTO AL INCIDENTE DE
    • Al respecto, de los argumentos expuestos, no se observa agravio en el que hubiere incurrido
    • Finalmente en relación al cuarto motivo, en el que reclama, que la Sentencia le resulta
    • De los argumentos expuestos por la recurrente, se advierte que no reclama agravio en el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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