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    Auto Supremo AS/0123/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0123/2019

    Fecha: 12-Feb-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: T-23-18-A
    • Partes: Rudy Díaz y otros c/ Cesar Milciades Peñaloza Avilés y otros
    • Distrito: Tarija
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • El Tribunal de segunda instancia absolvió el recurso de apelación con los siguientes argumentos; analizando
    • De las denuncias expuestas por la parte recurrente Griselda Ruth, Elvio Jimmy, Enrique, y Magali
    • 3
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    • Petitorio
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Montecristo Inversiones y Desarrollo S
    • Tom Prieto Velásquez en representación de Elizabeth Antuña Peñaloza contestó que la excepción presentada por
    • Finalmente, Tom Juan Prieto Ugarte en representación de Milciades Peñaloza contestó manifestando que los demandantes
    • En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
    • III.1. De la legitimación para obrar
    • El Auto Supremo N° 23/2016 de 20 de enero sostuvo: “Corresponde señalar que los presupuestos
    • Esta legitimación para obrar –cuando se trata de impugnar contratos- tiene estrecha relación con el
    • En ese entendido, también corresponde establecer qué es lo que se entiende por el interés
    • La fórmula del art
    • III.2. De la diferencia entre donación y anticipo de legítima
    • “…, no obstante de ello el anticipo de legitima y la donación si bien existe
    • En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver los agravios planteados por el recurrente
    • Se debe partir el análisis del agravio manifestando que los de instancia realizaron el análisis
    • Finalmente es preciso realizar el análisis desde el art
    • Con relación a la Escritura Pública Nº 1038/2017 de 28 de julio de fs
    • Sin perjuicio de lo mencionado, al no tener los recurrentes legitimación para oponer la presente
    • De la contestación al recurso de casación
    • Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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