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    Auto Supremo AS/0512/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0512/2019

    Fecha: 23-May-2019

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    • Distrito: Potosí
    • De los agravios expuestos por la parte demandada, se extraen de manera ordenada y en
    • 1
    • En el fondo
    • Petitorio
    • Las pruebas aportadas por las partes de cargo y descargo con referencia a las documentales,
    • III.1. De la usucapión decenal entre coherederos o comuneros
    • Al respecto este Tribunal ha emitido resoluciones sobre casos de coherederos o comuneros que conllevan
    • En el caso de Autos, con el fallecimiento del causante T
    • En esa relación, de los documentos privados de fecha 08 de noviembre de 1977 y
    • Lo que se encuentra ratificado con la prueba testifical de cargo de fs
    • Aspectos que sin embargo no se han dado con el terreno en la extensión superficial
    • Respecto a lo anterior, corresponde señalar que la interrupción de la prescripción puede ser natural
    • “…salvo que hubiera adquirido la propiedad por usucapión como efecto de la posesión exclusiva”, y
    • Por otro lado, en observancia del principio de congruencia que debe guardar toda resolución, corresponde
    • Por lo precedentemente analizado, se concluye que el Ad quem no ha examinado correctamente los
    • Similar doctrina se ha desarrollado en el Auto Supremo Nº 567/2014 de 08 de septiembre,
    • De forma
    • Acusa también que el abandono efectivo de la propiedad, resulta inaudito, toda vez que a
    • Pese a que se produjo un interdicto de adquirir la posesión, continuó con su oposición
    • Por otra parte, con relación a que los trámites efectuados por el demandante tuvieron la
    • Indican que en la audiencia de inspección de visu se constató que no existe posesión
    • Estos agravios corresponden al recurso de apelación opuesta por la parte demandada de fs
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regulan los honorarios profesionales para el abogado que contestó el recurso en la suma
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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