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    Auto Supremo AS/0425/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0425/2019-RRC

    Fecha: 11-Jun-2019

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    • Por memorial presentado el 9 de octubre de 2018, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 082/2019-RA de 20 de febrero,
    • I.1.2. Petitorio
    • I.1.3. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 082/2019-RA de 20 de febrero, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • Por Sentencia S-022/2014 de 3 de diciembre, el Tribunal Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental
    • II.2. Del recurso de apelación restringida
    • El imputado planteó recurso de apelación restringida contra la Sentencia denunciando la violación del art
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • Radicada la causa en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La
    • Continúa haciendo referencia que en materia penal no existe la prueba reina, no existiendo una
    • En el caso de autos el recurrente denuncia la vulneración del debido proceso, la verdad
    • III.1. El debido proceso, la igualdad y el principio de verdad material
    • En el ordenamiento jurídico boliviano, el debido proceso se encuentra reconocido en la Constitución Política
    • Entonces se entenderá el debido proceso como “el derecho a la justicia lograda en un
    • Por otra parte, en cuanto a la igualdad resulta menester señalar que de acuerdo al
    • Por último, en cuanto al principio de verdad material o real, cabe resaltar que también
    • En esa línea la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio, sobre este principio, señaló:
    • Alega que en apelación se denunció la infracción del art
    • El Tribunal de alzada sobre los aspectos cuestionados refirió, por un lado que existió la
    • En consecuencia, por los argumentos motivados y fundamentados vertidos en el Auto de Vista impugnado,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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