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    Auto Supremo AS/0556/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0556/2019

    Fecha: 06-Jun-2019

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    • Proceso: Acción reivindicatoria, acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios
    • Distrito: La Paz
    • Planteada la acción reivindicatoria, acción negatoria y resarcimiento de daños y perjuicios de fs
    • Tramitado el proceso el Juez de Partido N° 7 Civil y Comercial de La Paz,
    • Resolución de primera instancia que fue apelada por la “FAB” mediante memorial de fs
    • Razonó que de fs
    • Consideró que la nulidad planteada por la FAB sobre la transferencia de la propiedad, suscrita
    • Indicó que no se impugnó el Auto de calificación del proceso, de modo que hizo
    • Respecto a la litispendencia, estimó que el objeto y la causa serían distintas, porque las
    • Detalló que la FAB ingresó al bien inmueble producto de una orden de secuestro, dentro
    • CONSIDERANDO II
    • 3
    • 4
    • 5
    • 7
    • 8
    • 10
    • 11
    • Sin respuesta al recurso de casación
    • CONSIDERANDO III
    • III.2. De los requisitos de la acción reivindicatoria
    • Al respecto cabe destacar el Auto Supremo N° 332/2018 de 02 de mayo que indicó:
    • En ese marco corresponde precisar que, la acción reivindicatoria, prevista en el artículo 1453 del
    • La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene
    • Para la procedencia de la referida acción son tres los presupuestos esenciales: 1) el derecho
    • III
    • El Auto Supremo N° 293/2013 de 07 de junio 2013, señaló que: “En esta tarea
    • En este examen de lo esencial y decisivo de la prueba, cabe la posibilidad de
    • Se entiende por error de hecho cuando el juzgador se ha equivocado en la materialidad
    • Con relación al tema se orientó en el Auto Supremo N° 228/2016, de fecha
    • CONSIDERANDO IV
    • a
    • En consecuencia se debe tomar en cuenta que a fs
    • b
    • Previamente cabe referir que el recurso de casación no se trata de una tercera instancia,
    • Sin embargo, no es evidente el reclamo que exterioriza la FAB, ya que no existió
    • c
    • Por otro lado, la entidad recurrente de manera genérica viene a reclamar en casación que
    • d
    • Al respecto la FAB fundamenta que los bienes demandados contarían con una anotación preventiva pretendiendo
    • e
    • Tal reclamo no viene a ser objeto del presente proceso, puesto que para argüir el
    • A mayor sindéresis jurídica, cabe reiterar que si la entidad recurrente cita jurisprudencia, la misma
    • Por todas esas consideraciones, al no encontrar sustento fundamentado lo expuesto como argumentos del recurso
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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