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    Auto Supremo AS/0420/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0420/2019

    Fecha: 26-Ago-2019

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    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Franz Iván Valdez Torrico, en representación legal del
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Tramitada la demanda contenciosa de cumplimiento de contrato interpuesta por Franz Iván Valdez Torrico, en
    • Mediante memorial presentado el 3 de abril de 2018, el Gobierno Autónomo Municipal de Camiri
    • En consideración a los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
    • A este efecto, la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo, ha establecido que el Recurso
    • Consiguientemente, bajo estos parámetros la resolución también adopta una forma específica y diferenciada, así, cuando
    • III.1.- De la errónea aplicación del Código de Procedimiento Civil
    • Por su parte, el art
    • A partir de la normativa expuesta, y en virtud a la vigencia de la Ley
    • Si analizamos este articulado, advertimos que de manera directa y expresa se hace referencia a
    • De lo anterior resulta evidente que la normativa aplicable para la tramitación de los procesos
    • De forma previa a ingresar a dilucidar el reclamo efectuado por el recurrente, resulta menester
    • Al respecto, el profesor Mariano Gomes Gonzales establece que los contratos administrativos: “(…) son todos
    • Por su parte el proceso contencioso administrativo se constituye en el medio que tiene el
    • Asimismo, el Gobierno Autónomo Municipal de Camiri en su contestación negativa a la demanda, reconoce
    • III.3 De las consideraciones efectuadas sobre la Sentencia
    • Respecto a los argumentos expuestos en el Recurso de Casación, bajo el subtítulo “IV
    • En consecuencia al no ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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